Cuando una pareja decide divorciarse de mutuo acuerdo, una de las cuestiones más importantes es establecer cómo se organizará su vida después de la ruptura.
¿Con quién vivirán los hijos? ¿Cómo se repartirán los tiempos de convivencia? ¿Quién utilizará la vivienda familiar? ¿Cuánto se pagará en concepto de pensión de alimentos? ¿Cómo se repartirán determinados gastos? ¿Qué ocurrirá con los bienes comunes?
Todas estas cuestiones pueden quedar reguladas en el convenio regulador.
Por eso, aunque pueda parecer un documento más dentro del procedimiento de divorcio, su importancia es mucho mayor. Un convenio bien planteado puede evitar conflictos posteriores; uno demasiado genérico o que deje cuestiones importantes sin resolver puede convertirse en una fuente de problemas.
El Artículo 90 del Código Civil establece los contenidos que debe recoger el convenio regulador cuando sean aplicables al caso.
¿Qué es un convenio regulador?
El convenio regulador es el acuerdo mediante el cual los cónyuges establecen las medidas que regularán determinadas consecuencias de su separación o divorcio.
En los procedimientos de divorcio de mutuo acuerdo, los cónyuges presentan una propuesta de convenio para que sea valorada y, cuando proceda, aprobada por la autoridad competente.
Su finalidad es dejar establecidas las reglas que deberán seguirse después de la ruptura en aspectos relacionados con los hijos, la vivienda, las obligaciones económicas y, cuando corresponda, el patrimonio familiar.
No se trata simplemente de poner por escrito que ambos están de acuerdo en divorciarse.
El verdadero valor del convenio está en concretar cómo se organizará la vida familiar después del divorcio.
¿Es obligatorio hacer un convenio regulador?
Depende de la vía por la que se tramite el divorcio.
En un divorcio de mutuo acuerdo, la propuesta de convenio regulador forma parte de la documentación del procedimiento. El Artículo 777 de la Ley de Enjuiciamiento Civill contempla expresamente que a la solicitud de divorcio de mutuo acuerdo debe acompañarse la propuesta de convenio regulador.
Cuando existen hijos menores, además, se presta especial atención a las medidas que les afectan. El procedimiento contempla la intervención del Ministerio Fiscal en los términos previstos legalmente y la posibilidad de escuchar a los menores cuando proceda.
En cambio, cuando no existe acuerdo entre los cónyuges, no hay un convenio conjunto que presentar. Será necesario acudir al procedimiento contencioso y será la autoridad judicial quien determine las medidas correspondientes.
¿Qué debe incluir un convenio regulador?
El contenido dependerá de las circunstancias de cada familia.
El Artículo 90 del Código Civil establece como contenidos mínimos, cuando sean aplicables, cuestiones relativas a:
- El cuidado de los hijos.
- El ejercicio de la patria potestad.
- El régimen de comunicación y estancias con el progenitor con quien los hijos no convivan habitualmente.
- La relación de los hijos con sus abuelos, cuando proceda.
- El destino y uso de la vivienda y ajuar familiar.
- La contribución a las cargas del matrimonio y a los alimentos.
- Las bases de actualización y garantías de las cantidades establecidas.
- La liquidación del régimen económico matrimonial, cuando proceda.
- La pensión compensatoria que pudiera corresponder a uno de los cónyuges.
Además, actualmente el Código Civil contempla expresamente la regulación relativa a los animales de compañía cuando existan, atendiendo al interés de los miembros de la familia y al bienestar del animal.
Pero una cuestión es saber qué materias deben regularse y otra muy diferente es saber cómo deben regularse.
Ahí es donde un buen convenio adquiere especial importancia.
1. La guarda y custodia de los hijos
Cuando existen hijos menores, el convenio debe establecer cómo se organizará su cuidado.
Puede contemplarse, según las circunstancias, una custodia compartida o una custodia atribuida principalmente a uno de los progenitores con el correspondiente régimen de estancias y comunicación con el otro.
No existe un modelo que pueda aplicarse automáticamente a todas las familias.
Lo importante es que el sistema elegido sea compatible con las necesidades de los hijos y permita organizar de manera clara su vida cotidiana.
Un buen convenio debería concretar cuestiones como:
- Dónde residirán habitualmente los hijos.
- Cómo se repartirán los periodos de convivencia.
- Qué ocurrirá durante los fines de semana.
- Cómo se organizarán las vacaciones.
- Cómo se repartirán los días festivos.
- Cómo se realizarán las entregas y recogidas.
- Cómo se organizarán determinadas fechas familiares.
Cuanto más clara sea la regulación, menos espacio habrá para interpretaciones diferentes después del divorcio.
2. El régimen de visitas y estancias
Cuando los hijos no conviven habitualmente con uno de los progenitores, el convenio debe establecer cómo se mantendrá la relación con él.
No basta necesariamente con indicar que tendrá «un régimen de visitas adecuado».
Es mucho más útil concretar:
- Fines de semana.
- Días entre semana.
- Periodos vacacionales.
- Navidad.
- Semana Santa.
- Verano.
- Cumpleaños.
- Días festivos.
- Comunicaciones telefónicas o por medios electrónicos.
La vida familiar no siempre se ajusta a un calendario perfecto, pero cuanto más previsibles sean las reglas, más fácil será aplicarlas.
3. La patria potestad y las decisiones importantes
La custodia no debe confundirse con la patria potestad.
Aunque los hijos convivan principalmente con uno de los progenitores, determinadas decisiones importantes pueden corresponder a ambos.
Por eso, un convenio puede establecer cómo se tomarán decisiones relevantes relacionadas con:
- Educación.
- Salud.
- Tratamientos médicos.
- Cambio de colegio.
- Actividades especialmente relevantes.
- Cambio de domicilio.
- Otras decisiones que afecten de manera significativa a los hijos.
El objetivo es evitar que cada decisión importante se convierta en un nuevo conflicto.
4. La pensión de alimentos
Cuando existen hijos, el convenio debe establecer la contribución económica destinada a atender sus necesidades.
Debe determinarse la cantidad, pero también es recomendable concretar otros aspectos relevantes:
- Forma de pago.
- Fecha de pago.
- Sistema de actualización.
- Duración, cuando corresponda.
- Distribución de determinados gastos.
- Forma de afrontar los gastos extraordinarios.
La pensión de alimentos no debería establecerse utilizando únicamente una cifra que parezca razonable.
Debe tenerse en cuenta la situación económica de ambos progenitores y las necesidades de los hijos.
Por eso, este apartado debe estar conectado con la realidad económica de la familia y con las necesidades previsibles de los menores.
5. Los gastos extraordinarios
Este es uno de los puntos que más conflictos puede generar después del divorcio.
No siempre es suficiente con establecer que los gastos extraordinarios se pagarán «al 50 %» o en una determinada proporción.
También conviene concretar, en la medida de lo posible, qué se entiende por gasto extraordinario y cómo se tomará la decisión cuando aparezca uno.
Por ejemplo, puede ser útil regular:
- Qué gastos requieren acuerdo previo.
- Cuáles pueden realizarse sin autorización por tratarse de una necesidad urgente.
- Cómo se comunicará el gasto.
- Cómo se justificará.
- En qué proporción lo pagará cada progenitor.
Una redacción clara puede evitar discusiones posteriores sobre si un gasto estaba incluido en la pensión de alimentos o debía abonarse aparte.
6. El uso de la vivienda familiar
El convenio debe establecer, cuando corresponda, quién tendrá atribuido el uso de la vivienda familiar.
La cuestión puede ser especialmente importante cuando existen hijos menores, ya que el uso de la vivienda puede estar relacionado con las medidas adoptadas respecto de ellos.
También conviene diferenciar entre el uso de la vivienda y su propiedad.
Que uno de los cónyuges tenga atribuido el uso no significa necesariamente que pase a ser propietario del inmueble.
Por eso, cuando existe una vivienda común, es importante analizar conjuntamente su situación jurídica, el régimen económico matrimonial, la existencia de hipoteca y las medidas relativas a su uso.
7. La liquidación de gananciales
Cuando el matrimonio está sujeto al régimen de sociedad de gananciales, el divorcio puede ir acompañado de su liquidación, si procede.
Esto implica determinar qué bienes y deudas forman parte del patrimonio común y cómo se distribuyen.
Puede incluir, dependiendo de cada caso:
- Viviendas.
- Cuentas bancarias.
- Vehículos.
- Préstamos.
- Inversiones.
- Otros bienes gananciales.
No todos los divorcios requieren realizar inmediatamente una liquidación completa de gananciales.
Por eso, conviene analizar si es adecuado incluirla en el propio convenio o realizarla posteriormente.
La legislación permite que el convenio regulador incluya la liquidación del régimen económico matrimonial cuando proceda.
8. La pensión compensatoria
En determinados divorcios puede existir una situación de desequilibrio económico para uno de los cónyuges como consecuencia de la ruptura.
En esos casos puede plantearse una pensión compensatoria.
Si se establece, el convenio debería concretar sus condiciones, incluyendo aspectos como:
- Cuantía.
- Periodicidad.
- Duración, cuando sea temporal.
- Forma de pago.
- Actualización.
- Causas de extinción, cuando proceda.
No todos los divorcios generan derecho a una pensión compensatoria.
Su existencia debe analizarse atendiendo a las circunstancias concretas de cada matrimonio.
9. Los animales de compañía
La legislación también contempla actualmente la situación de los animales de compañía dentro del convenio regulador.
Cuando existen, pueden establecerse medidas relativas a:
- Con quién convivirá el animal.
- Cómo se repartirán los tiempos de convivencia y cuidado.
- Cómo se asumirán los gastos.
- Otras cuestiones relacionadas con su bienestar.
El Código Civil exige que estas medidas tengan en cuenta tanto el interés de los miembros de la familia como el bienestar del animal.
¿Por qué es tan importante redactar bien el convenio?
Porque el convenio no solo sirve para completar el procedimiento de divorcio.
Una vez aprobado, sus medidas pueden convertirse en las reglas que deberán seguir los progenitores durante años.
Una frase ambigua sobre las vacaciones puede generar un conflicto cada verano.
Una regulación poco precisa sobre los gastos extraordinarios puede provocar discusiones cada vez que aparece un gasto médico o educativo.
Una previsión insuficiente sobre los cambios de domicilio puede generar problemas cuando uno de los progenitores decide trasladarse.
Por eso, la calidad de un convenio regulador se aprecia muchas veces cuando aparecen situaciones que inicialmente nadie había previsto.
¿Se puede modificar un convenio regulador?
Sí.
Las medidas establecidas en un convenio pueden modificarse cuando se producen cambios relevantes en las circunstancias que justifican una modificación.
Por ejemplo:
- Cambio importante en las necesidades de los hijos.
- Modificación significativa de los ingresos.
- Cambio de domicilio.
- Alteración de los horarios laborales.
- Nuevas necesidades educativas o médicas.
- Cambios relevantes en el régimen de convivencia.
Pero que un convenio pueda modificarse no significa que deba redactarse de manera provisional o poco precisa.
Lo recomendable es intentar anticipar razonablemente las situaciones previsibles y establecer mecanismos que permitan gestionar los cambios sin generar conflictos innecesarios.
¿Puede el juez rechazar un convenio regulador?
Sí.
El hecho de que los dos cónyuges estén de acuerdo no significa que cualquier pacto vaya a ser aprobado automáticamente.
La autoridad judicial debe comprobar que los acuerdos cumplen los requisitos legales y, especialmente cuando existen hijos, que las medidas adoptadas respetan su interés.
El Código Civil establece que los acuerdos no serán aprobados cuando sean dañosos para los hijos o gravemente perjudiciales para uno de los cónyuges.
Por eso, un convenio regulador no debe entenderse simplemente como un contrato privado entre dos personas que quieren divorciarse.
Tiene que respetar los límites establecidos por la legislación y, cuando sea necesario, pasar por el correspondiente control judicial.
¿Qué ocurre si uno de los progenitores incumple el convenio?
Una vez aprobado judicialmente, el convenio regulador establece medidas que pueden ser exigibles en los términos previstos legalmente.
Si uno de los progenitores incumple, por ejemplo, las obligaciones económicas o determinadas medidas relativas a los hijos, el otro puede valorar las vías legales disponibles para exigir su cumplimiento.
Por eso es especialmente importante que las obligaciones estén redactadas de forma suficientemente clara.
Un convenio ambiguo puede complicar posteriormente la determinación de qué debía hacer exactamente cada parte.
Errores frecuentes al redactar un convenio regulador
Algunos de los problemas más habituales aparecen cuando los cónyuges intentan simplificar demasiado el acuerdo.
Utilizar expresiones demasiado genéricas
«Los hijos estarán con ambos progenitores de forma flexible» puede parecer una solución sencilla, pero puede resultar insuficiente cuando surgen desacuerdos.
No regular las vacaciones
La organización del curso escolar y la de las vacaciones son diferentes. Conviene establecer cómo se distribuirán ambas.
No concretar los gastos extraordinarios
Decir simplemente que se pagarán «a medias» puede no resolver qué gastos están incluidos.
No actualizar la información económica
Las medidas económicas deben guardar relación con las circunstancias reales de los progenitores y de los hijos.
No prever cambios previsibles
Los hijos crecen, cambian de colegio, aparecen nuevas actividades y las circunstancias laborales pueden cambiar.
Un convenio debe ser suficientemente claro para poder aplicarse a la realidad familiar.
Intentar resolver cuestiones que requieren otro instrumento jurídico
No todo acuerdo patrimonial puede incorporarse sin más a un convenio regulador.
La Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública ha recordado recientemente que el convenio tiene un contenido propio vinculado a las consecuencias de la separación o divorcio y que determinados negocios patrimoniales pueden requerir el instrumento jurídico correspondiente.
¿Es mejor un convenio regulador corto o uno detallado?
No necesariamente es mejor el más largo.
Un buen convenio no debe incluir páginas y páginas de cláusulas innecesarias.
Debe ser claro, completo y adaptado a la familia concreta.
Hay cuestiones que pueden resolverse con una redacción sencilla y otras que necesitan mayor precisión.
La finalidad no es hacer un documento complicado, sino conseguir que las medidas sean comprensibles y puedan aplicarse cuando aparezcan las situaciones que regula.
Preguntas frecuentes sobre el convenio regulador
¿Qué es exactamente el convenio regulador?
Es el acuerdo en el que los cónyuges regulan las consecuencias de su separación o divorcio en las materias que establece la legislación y que resulten aplicables a su situación.
¿Quién redacta el convenio regulador?
Los cónyuges pueden alcanzar el acuerdo con la asistencia de sus abogados. En un divorcio de mutuo acuerdo, el convenio se presenta dentro del procedimiento correspondiente para su aprobación cuando sea necesaria.
¿Es obligatorio tener hijos para hacer un convenio regulador?
No. El convenio puede regular también cuestiones económicas, patrimoniales y relativas a la vivienda, entre otras materias previstas legalmente.
¿Se puede modificar un convenio regulador?
Sí, cuando se producen cambios relevantes que justifican la modificación de las medidas establecidas.
¿Qué pasa si no estoy de acuerdo con una parte del convenio?
Si no existe acuerdo sobre las medidas esenciales, puede que no sea posible tramitar el divorcio como un verdadero mutuo acuerdo respecto de esas cuestiones y sea necesario valorar otras vías.
¿El convenio regulador sirve para repartir todos los bienes del matrimonio?
Puede incluir la liquidación del régimen económico matrimonial cuando proceda, pero no cualquier operación patrimonial puede incorporarse automáticamente al convenio. Algunas operaciones pueden requerir un instrumento jurídico diferente.
¿Qué ocurre con los hijos cuando el convenio se aprueba?
Las medidas acordadas pasan a regular las cuestiones relativas a los hijos en los términos establecidos, siempre dentro del marco legal y de las resoluciones que correspondan.
Un buen convenio debe pensar también en el futuro
Divorciarse de mutuo acuerdo no significa simplemente firmar un documento y terminar el procedimiento.
Cuando hay hijos, vivienda, obligaciones económicas o patrimonio común, el convenio regulador puede convertirse en el marco que organice una parte importante de la vida familiar durante muchos años.
Por eso, llegar a un acuerdo es importante, pero conseguir un acuerdo bien planteado es todavía más importante.
La finalidad no debería ser únicamente terminar el divorcio cuanto antes, sino establecer unas reglas claras, razonables y suficientemente completas que reduzcan la posibilidad de nuevos conflictos.
¿Necesitas revisar o preparar un convenio regulador?
Cada familia tiene unas circunstancias diferentes. Antes de firmar un convenio regulador conviene analizar las medidas relativas a los hijos, las obligaciones económicas, la vivienda y, cuando proceda, el patrimonio común.
En C&F Abogados podemos estudiar tu situación y ayudarte a valorar qué cuestiones deberían quedar reguladas y cómo plantearlas para que el acuerdo sea claro, equilibrado y adecuado a las circunstancias de tu familia.